Justificación


El proyecto, abordará la problemática de la falta de un Registro Único Nacional de Defunciones y Decesos y la necesidad de su desarrollo de manera coordinada con los demás órganos del Poder Público que ejecuten acciones relacionadas con el Registro Civil, como los Ministerios de Relaciones Interiores, Relaciones Exteriores, Salud, y demás instituciones encargadas de captar la información, como los Servicios de Patología Forense, la Red de Hospitales, Clínicas y Ambulatorios, así como también los Registros Civiles Municipales, a nivel nacional.
En tal sentido, desde el punto de vista legal, la Asamblea Nacional ha proporcionado el marco jurídico dictando la Ley Orgánica de Registro Civil, que tiene por objeto regular la competencia, formación, organización, funcionamiento, centralización de la información, supervisión y control del Registro.
De acuerdo a lo previsto en la ley, se deben registrar diversos actos relativos al estado civil de las personas como la defunción, presunción y la declaración de ausencia, y la presunción de muerte de los ciudadanos, por considerarse obligatoria la inscripción de los actos y hechos declarativos, constitutivos o modificatorios del estado civil.
En tal sentido, esta propuesta de Gobierno Electrónico relativa a un Registro Nacional de Defunciones y Decesos, funcionaría como un paso previo o piloto del futuro Registro Civil y Electoral Nacional que debe asumir la totalidad de las funciones. Es decir, sería una inicial de la tarea que se ha encomendado al Consejo Nacional Electoral, en el desarrollo del Registro Civil.
Es por esto, que la propuesta dependería de la Comisión de Registro Civil y Electoral del Consejo Nacional Electoral, que tiene la obligación de su implementación, manteniendo procedimientos y trámites administrativos simples, uniformes, céleres, pertinentes, útiles, eficientes y de fácil comprensión, con el fin de garantizar la eficaz prestación del servicio.
El Registro Civil de acuerdo a la ley debe utilizar tecnologías apropiadas para la realización de sus procesos, manteniendo la integridad de la información, garantizando la seguridad física, lógica y jurídica, así como la confiabilidad e inalterabilidad de sus datos, de conformidad con lo previsto en esta Ley, los reglamentos, resoluciones dictadas por el Consejo Nacional Electoral y demás normativas vigentes.

En virtud de estas y otras consideraciones planteamos un sistema automatizado de Registro Nacional de Defunciones y Decesos que funcione como una primera fase en la automatización de todos los procesos del futuro Registro Civil y Electoral.

El desarrollo de esta propuesta sería de gran utilidad para instituciones como el Seguro Social, el Consejo Nacional Electoral, el SENIAT por las diligencias sucesorales, el Sistema Autónomo de Registros y Notarias, el Instituto Nacional de Estadística, cuerpos de seguridad del Estado, entre otros.